"El fideicomiso financiero y su tratamiento tributario" - FL15
Autores: Lorena Marcela Almada / Cecilia Matich.
Puede consultarse el mismo en:
Agosto 2005
Editorial La ley - Periódico Económico Tributario Nº 330
RESUMEN
El fideicomiso es un instrumento que, por su importancia, merece ser analizado con profundidad dado que ha tenido gran incidencia en el desarrollo de países latinoamericanos.
Nuestro país le dio status legal a esta figura a partir de la sanción, en el año 1994, de la Ley 24441, aunque los negocios fiduciarios ya se hallaban regulados escasamente por el Código Civil. Esta ley tomó como modelo la figura del trust del Derecho Anglosajón, lo cual ha generado ciertos desajustes ya que nuestro Código Civil es de origen Romano - Francés. En relación ha este punto abordaremos el encuadre jurídico dado al fideicomiso por la Ley 24441.
Actualmente el fideicomiso es de gran utilidad para la realización de todo tipo de operaciones, tanto en el aspecto meramente civil, como en lo financiero; así, frente a las alternativas tradicionales de financiamiento con que cuenta una empresa, aparece una herramienta del mercado financiero, que es la llamada securitización o titulización de activos, que consiste en emitir títulos y bonos respaldados por el flujo de fondos provenientes de activos crediticios, es decir, es un proceso que permite convertir fondos originados por activos ilíquidos en activos líquidos.
Para que la titulización resulte viable es necesario contar con un vehículo legal que permita afectar los activos titulizados como un patrimonio separado del originante de los mismos como de la entidad encargada de la securitización, de manera tal que la herramienta utilizada otorgue al inversor el grado de confiabilidad suficiente. Así el fideicomiso financiero, regulado en los artículos 19 a 26 de la Ley 24441, aparece como la más adecuada para llevar a cabo el proceso de titulización al que se ha hecho referencia.
Dentro de los fideicomisos financieros es posible distinguir, entre otras clasificaciones, a aquellos en los cuales los bienes que pasan al fondo no sufren transformación alguna y sirven de respaldo a la emisión de títulos valores en el mismo estado en que han sido fideicomitidos; y a aquellos fideicomisos en los cuales, por el contrario, se lleva adelante una actividad económica con los bienes transferidos al fondo, que implica su transformación y/o utilización de acuerdo al mandato fiduciario que surge del contrato. Dentro de este último tipo, se encuentra el fideicomiso financiero agropecuario y el inmobiliario.
El éxito de esta herramienta jurídica dependerá en gran parte de que los rendimientos que la misma proyecte resulten atractivos para el inversor frente a otras alternativas de inversión, por lo cual, la incidencia que los tributos tengan sobre la utilización del fideicomiso financiero será crucial, pues ello redundará en los costos y resultados del negocio.
Por ello, el presente trabajo tiene por objeto analizar el tratamiento tributario dado al fideicomiso financiero, en sus distintas variantes, tanto a nivel nacional como provincial.
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