Inicio MM CC Rosario AFIP API Santa Fe Consejos Profesionales Sitios de Interés Entes Recaudadores
¿ Quiénes Somos ?
Misión y Visión
Servicios
Doctrina Tributaria
Contáctenos
Publicitar en Fiscalex
Recomendar
Página de Inicio
Agregar a Favoritos
Cursos
Artículos y Publicaciones
Novedades Impositivas
 
Consulta sobre Estudio Precio de Transferencias


NUEVO REGIMEN DE IMFORMACION: DECLARACIÓN JURADA INFORMATIVA CUATRIMESTRAL PARA SUJETOS MONOTRIBUTISTAS - SEPTIEMBRE 2010

REGIMEN SIMPLIFICADO PARA PEQUEÑOS CONTRIBUYENTES. DECLARACIÓN JURADA INFORMATIVA CUATRIMESTRAL
El Artículo 14 de la RG (AFIP) 2746 dispuso la obligación para el pequeño contribuyente adherido al mencionado régimen de presentar, a la finalización de cada cuatrimestre calendario, una declaración jurada informativa.
Mediante al sanción de la RG (AFIP) 2888 se dispone la forma, plazos y condiciones que deberán observar los sujetos alcanzados por la citada obligación.
Así se hallan obligados a cumplir con dicha obligación:

  1. Los pequeños contribuyentes que se hallen encuadrados en la Categoría F, G, H, I, J, K, L, o
  2. Revistan la calidad de empleadores, aunque no se encuentren en las Categorías antes mencionadas.

Si el pequeño contribuyente dejara de cumplir la condición que lo sujetó al presente régimen, la obligación de información subsistirá por el término de 6 cuatrimestres calendarios contados a partir de la finalización del último cuatrimestre informado.
La presentación de la información se formalizará, a través del sitio www.afip.gob.ar, ingresando al servicio "Sistema Registral", opción "Declaración de Monotributo Informativa", a cuyo efecto deberá contarse con "Clave Fiscal", habilitada con Nivel minimo de Seguridad 2. De resultar aceptada, el sistema emitirá una constancia de la presentación efectuada.
La información deberá ser remitida hasta el último día hábil del mes inmediato siguiente al de la finalización de cada cuatrimestre calendario (Mayo, Septiembre y Enero).
El cumplimiento del presente régimen será requisito para la tramitación de solicitudes que efectúen los pequeños contribuyentes a partir de su vigencia referidas a la obtención de constancias de su situación impositiva y/o provisional.
Corresponderá que se informen, respecto de cada cuatrimestre calendario, y en la medida que resulten aplicables conforme a la actividad que desarrolle el sujeto obligado, entre otros, los datos que, por cada concepto, se indican a continuación:

a) Documentación que respalda las operaciones efectuadas durante el cuatrimestre.
1. Forma de emisión, indicando si se efectúa por sistema manual o por controlador fiscal.
2. Nº de la primera y última factura o documento equivalente emitido.
3. Monto de las operaciones del período.
b) Proveedores
1. Clave Única de Identificación Tributaria (C.U.I.T.) de los CINCO (5) principales proveedores, en función al monto de las operaciones.
2. Monto de compras efectuadas a dichos proveedores.
3. Cantidad de facturas o documentos equivalentes emitidos por el proveedor al pequeño contribuyente.
c) Clientes
1. Clave Única de Identificación Tributaria (C.U.I.T.), Código Unico de Identificación Laboral (C.U.I.L.) o Clave de Identificación (C.D.I.), de los CINCO (5) principales clientes en función al monto de las operaciones.
2. Monto facturado a dichos clientes.
3. Cantidad de facturas o documentos equivalentes emitidos a dichos clientes.
d) Local o establecimiento en el que se desarrolla la actividad.
1. Condición de propietario o inquilino, o si la actividad se desarrolla sin local o establecimiento fijo.
En caso que la condición sea la de inquilino:
- Clave Única de Identificación Tributaria (C.U.I.T.), Código Unico de Identificación Laboral (C.U.I.L.) o Clave de Identificación (C.D.I.) del propietario del inmueble.
- Monto de los alquileres devengados en el cuatrimestre.
- Fecha de inicio del contrato de locación.
- Fecha de finalización del contrato de locación.
2. Número de partida y de inscripción dominial, de corresponder.
e) Energía eléctrica
1. Números de las facturas cuyos vencimientos para el pago se hayan producido en el cuatrimestre.
2. Clave Única de Identificación Tributaria (C.U.I.T.) de la empresa proveedora del servicio de suministro eléctrico.
3. Kilovatios consumidos en el cuatrimestre.
4. Clave Única de Identificación Tributaria (C.U.I.T.) del titular del servicio (sujeto a cuyo nombre se emite la factura).
Cuando se trate de profesionales o transportistas, además de los datos detallados precedentemente, tales sujetos deberán informar los siguientes datos:
a) Profesionales
1. Fecha de la primera matriculación —en caso de que tuviera más de una— o, de no estar matriculado, fecha de expedición del título profesional.
2. Clave Única de Identificación Tributaria (C.U.I.T.) del Consejo o Colegio Profesional en el que se encuentre matriculado.
b) Transportistas
1. Condición de titular del vehículo u otra.
2. Monto que se abona en concepto de alquiler, de corresponder.
3. Clave Única de Identificación Tributaria (C.U.I.T.) de la compañía aseguradora del vehículo.
4. Dominio del vehículo.
5. Monto de la prima de seguro.
6. Número de póliza del seguro del vehículo.

STAFF DE FISCALEX

Volver

» Constituciones

» Códigos

» Leyes

» Comisión Arbitral

» Códigos Fiscales Prov.

» Provincia de Santa Fe

» Municipalidad de Rosario

Almada & Asoc. - Consultores Tributarios
info341.com
Asociación Empresaria de Rosario
GuíaFe
 
Diseño: MLR Sistemas Fiscalex - Consultoría Tributaria - Todos los derechos reservados
Urquiza 2535 - PB - (0341) 436-1287 - Rosario - Santa Fe - República Argentina
Aviso Legal | Contacto
 
Registrarse Iniciar Sesión Fiscalex - Consultoría Tributaria